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Omar Acosta Activista en Discapacidad y Adultos Mayores

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Omar Acosta Activista en Discapacidad y Adultos Mayores, Operador Social Comunitario y Presidente de la Agrupación Discapacidad y Adultos Mayores de Entre Ríos. Sigue trabajando en una lucha día a día sobre las personas con discapacidad y adulto mayor también es el presidente de ADAMER (Agrupación de Discapacidad y Adulto Mayor de Entre Ríos.)

Convencionista a nivel Internacional, Uruguay, Paraguay, dando charlas y asesorando sobre el derecho a las Personas con Discapacidad

En un dialogo que tuvo con Radio News Media, comentó ,lo que hay que saber de la atención con prioridad a PCD en establecimientos públicos y privado en nuestro País.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que nuestro país suscribió por Ley Nacional 26.378, asimismo el 19 noviembre de 2014 a través de Ley Nacional 27.044 se le otorgó Jerarquía Constitucional a la Convención, deja sentado en su preámbulo que los países firmantes reconocen la necesidad de “promover y proteger los derechos humanos de todas las personas con discapacidad”, y subraya la “autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias decisiones”, así como también “la importancia de la accesibilidad al entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y a la información y las comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales” y que aún se sigue “observando con preocupación que, pese a estos diversos instrumentos y actividades, las personas con discapacidad siguen encontrando barreras para participar en igualdad de condiciones con los demás en la vida social y que se siguen vulnerando sus derechos humanos en todas partes del mundo”, dicho esto, el Estado Nacional asumió el compromiso de adecuar la legislaciones en pos de estos intereses, en tal sentido tiene la responsabilidad de procurar por todos los medios un apoyo más intenso, para paliar la profunda desventajas social y de restricción de las personas con discapacidad, promoviendo su participación y garantizándoles adecuadamente igualdad de condiciones y oportunidades con lo demás. No obstante, es harto conocido por todos, que existen circunstancias en las que indudablemente debe intervenir el Estado a través de la consagración de derechos para quienes se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad, por situaciones que deberían corresponder, por su naturaleza, al ámbito moral y de las buenas costumbres.

La preocupación del colectivo de la discapacidad, arranca de varias décadas atrás, al observar y recibir información que continuamente existían episodios a diario en los cuales se vislumbran actitudes intolerantes respecto a que son dejados de lado, son ninguneados, se omiten, y de la desidia con la que se trata culturalmente a personas con discapacidad y también a adultos mayores y mujeres con embarazo avanzado, en distintos establecimientos, públicos como privados, en lo que respecta con la atención al público. Se observa la falta de respeto frente a una persona que indudablemente tiene que tener una prioridad en la “atención al público” inclusos en las filas, sea cual fuera la tramitación, compra o pago, (solo por una cuestión de educación y buenas costumbres una persona con discapacidad necesita ser atendido con prioridad), hasta no hace muchos años, la ausencia de este gesto inmediato convertía a quien cometiera esa descortesía en el eje de las miradas acusadoras del resto. En la actualidad, la naturalización de esta falta de solidaridad hace vislumbrar que a un continuamos con actitudes intolerantes, incultas, falta de respeto a una persona con prioridad, haciendo caso omiso a las disposiciones vigentes, en relación a la “Atención con Prioridad”, en los diversos y distintos establecimientos públicos o privados, incluso con los asientos reservados, en los estacionamientos, en las filas de entidades bancarias y cajeros, supermercados, obras sociales, hospitales, oficinas públicas, cuando la prioridad de atención por las características de la misma debería ser de orden moral, educativo, de buenas costumbres, de “buen trato”, sin embargo, en la actualidad en diversas jurisdicciones provinciales se han sancionado normas que regulan esta cuestión, atento a la falta de cumplimiento en las personas con diferentes discapacidades, más allá de no observarse la cartelería obligatoria, los responsables de que esto se cumpla hacen caso omiso, con su actitud inculta y la misma falta de respeto que también incurren estos “personajes”, en la práctica se detectan a abuelos, embarazadas, mujeres con niños y personas con discapacidad que realizan la fila detrás de la caja junto a todos los demás, realizando largas colas, siendo que no se encuentran en condiciones de soportarlas, llegando en muchas ocasiones a situaciones de malestar o descompensarse por el tiempo transcurrido. Si alguno logra ser atendido con prioridad es porque algún cajero o cliente cortés tuvo el solitario gesto de buena voluntad, pero no es la regla que se respete por parte de los comercios ni del resto de la ciudadanía. La prioridad de atención por las características de la misma correspondería ser de orden cultural, moral, de buenas costumbres, de educación y de “buen trato”, sin embargo, la gente y a falta empatía y educación, continúan incumpliendo con este mandato cultural de la prioridad de atención a las personas antes mencionadas, para subsanar los hechos narrados, es que se sancionaron leyes y ordenanzas municipales análogas en diversas jurisdicciones provinciales que regulan al respecto el tema en cuestión y que esta vez tienen sanciones para quienes incumplan con el ordenamiento normativo vigente. Atento a estas circunstancias, las leyes y ordenanzas municipales viene a resolver de alguna forma esta problemática recurrente en la atención al público, tanto estatal como privada, por la gran concentración de personas que muchas veces se forma en los establecimientos públicos y privados, generalmente deviene en interminables colas; y la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las personas con discapacidad en estado de gravidez que asisten a estos sitios o en ventanilla de pago de servicios o de diversos pagos, la cuestión que con estas normativas han tomado el tema y lo han plasmado en legislaciones locales, en casi la mayoría de las provincias, donde se les otorga a las personas con discapacidad y/o movilidad reducida o embarazadas, la prioridad de atención, también en los bancos

Conforme a lo que ya está establecido culturalmente y dispuesto en las leyes y ordenanzas provinciales y municipales y otras disposiciones nacionales, conocidas en las diversas jurisdicciones provinciales, este ordenamiento jurídico son análogos en todas las jurisdicciones del país, en ese sentido regulan el tema en cuestión, y son entre ellas la Ley Nacional 24.314; Ley Nacional 27.611; Ley Nacional 24.240 Art. 8º y 52º bis  Y Ordenanzas Municipales determinan caso en particular, la atención prioritaria en oficinas de la administración pública estatal a las personas con discapacidad, lo mismo sucede para los bancos, cajeros automáticos, cajas de súper mercados, ventanillas hospitalarias y de obras sociales, en muchos de los casos estos lugares recuerdan al público, con el cartel obligatorio del símbolo de accesibilidad, con la siguiente leyenda “Atención Prioritaria a Personas con Discapacidad, Mujeres con embarazo avanzado y Personas Mayores con Movilidad Reducida Ley Nº…”

La implementación de este tipo de políticas públicas arriba descrito fue el punto de partida para la realización de toda una serie de medidas encaminadas a lograr el pleno respeto a las personas con discapacidad, por lo general las normativas han sido redactadas básicamente en estos términos analógicamente:

1º) La Atención Prioritaria de las mujeres con embarazo avanzado, adultos mayores y personas con discapacidad en todos los establecimientos públicos municipales, edificios, oficinas, dependencias, entes, centros de distrito, etc. y privados, entidades financieras, empresas prestatarias del servicio de salud, grandes superficies comerciales, comercios minoristas y mayoristas, cines, teatros, restaurantes, estadios deportivos y demás entes privados que presten atención al público en cualquier forma y/o modalidad, deben otorgar “prioridad y preferente atención a las personas antes mencionadas”.

2º) Se estableció que dichos establecimientos deberán exhibir obligatoriamente un cartel a la vista del público, que contenga con letra legible y de tamaño visible, la siguiente leyenda: “Prioridad de atención de persona con discapacidad, mujeres con embarazo avanzado y adultos mayores”.

3º) En los establecimientos privados de concurrencia masiva, supermercados, hipermercados, autoservicios, mega mercados, o de cualquier otra denominación que adopten, siempre que superen los 200 metros cuadrados de superficie, deben contar con un 20% de cajas destinadas a la atención prioritaria establecida en las normativas vigentes. En el caso que cuenten con menos de cinco cajas, deberán tener como mínimo 1 (una) con el cartel descripto, que este destinada a la atención prioritaria.

4º) Se legisla que los establecimientos privados que incumplan con las obligaciones que se establecen en la normativa negando la atención prioritaria en las condiciones que allí se exponen, serán pasible de la multa que establece la ley u ordenanza en conformidad con el procedimiento reglado en el Código de Faltas y la Dirección de Defensa del Consumidor podrá, previa denuncia de parte interesada, aplicar las sanciones a lo que refiere la Ley Nacional de Defensa del Consumidor Nº 24.240 Art. 8º bis. y Art. 52º bis. “Los proveedores deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios”.

5º) Así mismo se legisla que los establecimientos privados que incumplan con las obligaciones que fueron establecida en la normativa, no exhibiendo el cartel correspondiente con la leyenda: “Prioridad de atención de persona con discapacidad, mujeres con embarazo avanzado y adultos mayores” o no existiendo cajas destinadas a la atención prioritaria en las condiciones que la norma expone, será pasible de la multa que establece la ley u ordenanza en conformidad con el procedimiento reglado en el Código de Faltas y la Ley Nacional de Defensa del Consumidor Nº 24.240 Art. 8º bis. y Art. 52º bis. y el organismo pertinente podrá, previa denuncia de parte interesada, aplicar las sanciones a las que se refiere la ley ante mencionada.

6º) La autoridad de aplicación o los organismos pertinentes son lo que tienen que instrumentar las medidas correspondientes, para garantizar la difusión de lo normado, promover su cumplimiento y control en todos los establecimientos públicos y privados de la ciudad que presten atención al público. La Prioridad debe ser de Orden Moral y Educativa, el comportamiento cortes y civilizado de la Gente, esta normativa de orden cultural se cumpliría plenamente, si la autoridad de aplicación difunde como corresponde la plena vigencia de lo normado y se resolvería esta histórica problemática recurrente. Con el fin de garantizar concretamente el cumplimiento de la normativa en cuestión, es que se estableció SANCIONES que desalienten el alejamiento, o de pasar por alto o hacer caso omiso de las disposiciones vigente que están establecidas.

De acuerdo a las actuaciones citadas y a las consideraciones efectuadas precedentemente, corresponde manifestar para que no haya ninguna duda de la existencia de los diversos textos jurídicos análogos en todo el país, que sustentan y fundamentan con claridad argumentaciones con el fin de promover la ATENCIÓN PRIORITARIA a las personas con discapacidad, ya sean en establecimientos públicos o privados y que en ese mismo sentido se establecieron SANCIONES POR SU INCUMPLIMIENTO, es muy importante destacar la existencia concreta de estas normativas análogas y precisas, entre dichos instrumentos jurídicos podemos citar a la Ley

Fuentes: Artículo 29 Federal Agrupación Discapacidad y Adultos Mayores Entre Ríos .

Luis Liendro (Coordinador Nacional Grupo Artículo 29 Federal) y Omar Acosta (Operador Psicosocial y Promotor de Derechos)

https://radionewsmedia.com/

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Confirman el procesamiento y prisión preventiva de una banda acusada de vender cocaína en Chajarí y alrededores

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La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó el procesamiento y la prisión preventiva de cuatro personas –tres hombres y una mujer– acusadas de integrar una organización criminal dedicada al comercio de estupefacientes, principalmente cocaína, en la ciudad de Chajarí y zonas cercanas.

Las juezas Cintia Gómez y Beatriz Aranguren resolvieron rechazar los recursos de apelación presentados por las defensas y ratificaron la resolución dictada el pasado 16 de mayo por la magistrada de primera instancia. En consecuencia, se mantiene el procesamiento con prisión preventiva para los imputados, además del embargo de bienes por $5.000.000 a cada uno.

Una investigación iniciada en diciembre
La causa se inició el 3 de diciembre de 2024, a partir de una nota remitida por la División Toxicología de la Delegación Chajarí de la Policía de Entre Ríos a la Fiscalía Federal de Concordia. La comunicación informaba sobre maniobras sospechosas de tráfico de drogas por parte de una presunta banda organizada.

Según el expediente, la estructura criminal estaría conformada por un líder, un coordinador logístico, un proveedor y una persona encargada de la distribución y reventa de la droga.

Allanan domicilios y detienen a los acusados
El 23 de abril de 2025, se ejecutaron siete allanamientos simultáneos en domicilios vinculados a los investigados. Como resultado, se incautaron cocaína, marihuana, dinero en efectivo, teléfonos celulares, balanzas, vehículos, elementos de corte y documentación, entre otros objetos.

Los cuatro sospechosos fueron detenidos ese mismo día y declararon el 28 de abril ante la jueza federal, quien ordenó su procesamiento y prisión preventiva, decisión que ahora queda ratificada por la Cámara Federal.

Fundamentos del fallo
La Cámara sostuvo que mantener a los imputados detenidos resulta “idóneo, necesario y proporcionado” para garantizar su presencia en el proceso y evitar posibles obstaculizaciones de la investigación, aún en curso.

Las vocales destacaron “la complejidad del caso, la logística empleada por la organización y la existencia de pruebas pendientes”, como razones que refuerzan el riesgo de entorpecimiento en caso de que los acusados recuperen la libertad.

Además, señalaron que parte de la investigación se desarrolló mediante intervenciones telefónicas, tareas de inteligencia y registros fílmicos, lo que evidencia el grado de planificación del grupo y justifica la continuidad de la detención preventiva.

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AGMER Concordia denuncia despidos en Educación de Jóvenes y Adultos y exige restitución de cargos

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La seccional local del gremio docente AGMER denunció este miércoles la notificación de despidos a docentes de la modalidad Educación Primaria para Jóvenes y Adultos, en el marco de lo que califican como un ajuste impulsado por el gobierno provincial.

Según indicaron desde el sindicato, trabajadores de la modalidad fueron citados por autoridades de la Departamental de Escuelas de Concordia para ser informados de que en un plazo de cinco días quedarían sin trabajo. “Una irresponsabilidad inusitada”, calificaron desde AGMER, señalando además que la medida deja a los docentes sin margen de tiempo para reorganizar su situación laboral y personal.

Ajuste y falta de explicaciones
El gremio manifestó su rechazo a lo que considera una política de “refuncionalización de cursos” que no respeta las trayectorias de los estudiantes, y que puede derivar en mayor deserción escolar. En este sentido, denunciaron que el cierre de cargos atenta contra el derecho a la educación de jóvenes y adultos que aún no finalizaron sus estudios primarios.

AGMER también apuntó contra el Director Departamental de Escuelas, Prof. Julio Barrios, por su ausencia al momento de comunicar los despidos: “Ni siquiera estuvo presente para dar explicaciones sobre esta situación generada por las políticas de ajuste del gobierno que representa”, cuestionaron.

Exigen restitución y estabilidad laboral
A través del comunicado, la seccional gremial exigió:

La restitución inmediata de los cargos docentes eliminados

Estabilidad laboral para las y los docentes afectados

Que no se cierren más cursos ni cargos en la modalidad de Jóvenes y Adultos

“En este contexto de crisis, cerrar cargos y dejar docentes sin trabajo es un golpe más al sistema educativo público y a quienes más lo necesitan”, concluyó el gremio.

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Salinas criticó a Azcué y lo acusó de “copiar una imagen de Milei que no lleva a nada bueno

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En declaraciones a Diario Río Uruguay, la diputada provincial Liliana Salinas se refirió al escenario político local, marcando fuertes críticas hacia la gestión del intendente Francisco Azcué y cuestionando la reciente decisión del concejal Javier Aguilar de alejarse de La Libertad Avanza (LLA) para sumarse al Partido Demócrata.

Salinas expresó su preocupación por el rumbo de la gestión municipal. “Me llama mucho la atención lo que está haciendo Azcué. Me preocupa lo que nos va a quedar de Concordia después de su gobierno”, advirtió. En esa línea, consideró que la ciudad “está muy empobrecida” y remarcó que “aunque siempre fue catalogada como una de las más pobres, antes al menos era pintoresca; hoy no queda nada de eso”.

La legisladora fue más allá y sostuvo que el intendente “está jugando a ser sheriff”, y que su forma de gobernar imita al presidente Javier Milei: “No veo que tome decisiones propias, sino que copia una imagen que no lleva a nada bueno en nuestra ciudad. Gobernar un país no es lo mismo que una intendencia”, diferenció.

“Empezó bien, pero se aisló”
Salinas aseguró que en un inicio muchos sectores se mostraron dispuestos a colaborar con Azcué, pero que con el tiempo el jefe comunal rompió vínculos con la provincia y perdió capacidad de diálogo. “Mostrando los músculos, andando en remerita negra… esa no es la imagen que necesito que me represente como intendente”, lanzó.

Caso Aguilar: ruptura en LLA Concordia
Sobre el paso del concejal Javier Aguilar al Partido Demócrata, la diputada sostuvo que ese espacio “no pertenece a La Libertad Avanza”, y por lo tanto, Aguilar debería conformar un bloque unipersonal. “Cuidamos nuestros espacios políticos. Si te retirás, no podés seguir representando a LLA”, sentenció.

Además, explicó que en 2023 LLA debió aliarse al Partido FE para poder competir en Entre Ríos, dado que no tenían reconocimiento formal como partido a nivel nacional. “Por eso Aguilar entra en esa alianza, y ahora se retira de ahí”, aclaró.

Elecciones, Milei y situación social
En cuanto a las elecciones nacionales, Salinas indicó que hay sectores que acompañarán al gobernador Rogelio Frigerio, aunque “los partidos FE y Conservador Popular son libres de participar o no”.

Sobre la gestión nacional de Javier Milei, fue clara: “Nunca nos mintió, sabíamos que esto iba a ser un ajuste”. No obstante, marcó diferencias en el plano social: “Me duele que no se esté apoyando a la gente. No hay ayuda para Bahía Blanca, hay inundaciones en Concordia, y no sabemos qué va a pasar”, lamentó.

La diputada cerró reconociendo que la situación actual es crítica en términos laborales, sin generación de empleo y con pérdida de fuentes de trabajo: “Eso te deja un sabor amargo. No estamos defraudados, pero sí golpeados por una realidad dura que ya sabíamos que podía venir”.

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