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Compre sin IVA: más de 13 millones de personas accedieron al programa

Se estima que a la brevedad el programa alcance a 20 millones de personas, entre jubilados, beneficiarios de AUH, AUE, monotributistas, entre otros.
Más de 13 millones de personas accedieron a los beneficios del programa Compre sin IVA, y 250.000 trabajadores informales hicieron lo propio con el refuerzo de $94.000 que se pagará entre los meses de octubre y noviembre.
Los últimos datos difundidos por el Gobierno indican que “13.794.591 personas se beneficiaron con el Compre sin Iva por un total de $21.300 millones”.
Se estima que a la brevedad el programa alcance a 20.000.000 de personas, entre jubilados, pensionados, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación Universal por Embarazo (AUE), monotributistas, trabajadores en relación de dependencia con sueldos de hasta seis salarios mínimos, además de titulares de la Tarjeta Alimentar y de Potenciar Trabajo.
De hecho, el organismo recaudador durante la semana amplió el número de agentes afectados a la atención de las dudas y consultas en sus distintas canales, incluso mediante espacios móviles en distintos puntos del país distribuidos en los principales centros urbanos.
Desde la publicación de la Resolución General 5418/23 en el Boletín Oficial, el universo de beneficiarios fue actualizado diariamente en las bases de datos del organismo, permitiendo que cada vez más ciudadanos logren acceder a la devolución del IVA en sus compras realizadas con tarjetas de débito.
· Compre sin IVA: en qué consiste el programa
El programa Compre sin IVA establece la devolución de la totalidad del IVA de los productos de la canasta básica, afectados en su mayoría por una alícuota del 21%, y tiene un tope de reintegro mensual de $18.800. De esta forma, el tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $708.000 y de $524.758,56 para los jubilados.
· ¿Quiénes pueden acceder al programa Compre sin IVA?
También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.
Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.
En el caso de los beneficios para los trabajadores informales, ANSES informó que más de 250.000 personas ya accedieron al refuerzo de ingresos para trabajadores informales.
El refuerzo implica un pago de $47.000 en octubre y otro del mismo valor en noviembre, y será compensada a través del cobro de un anticipo extraordinario de Ganancias a grandes contribuyentes, publicó Ámbito.
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Cómo inscribirse en el ‘nuevo IFE 2023’ de $94.000

El refuerzo de 94,000 pesos destinado a trabajadores informales estará disponible para su inscripción a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Desde este miércoles a las 14 horas, aquellos que deseen acceder al “nuevo IFE 2023”, anunciado por el Ministro de Economía, Sergio Massa, podrán registrarse en el sitio web de Anses o en la aplicación “mi Anses“. El beneficio se otorgará en dos cuotas de 47,000 pesos, una en octubre y otra en noviembre, y estará dirigido a aproximadamente 3 millones de personas.
¿Quiénes pueden cobrar el nuevo bono “IFE” 2023?
Nuevo IFE 2023: las 5 claves para la inscripción al bono Nuevo IFE 2023: cómo anotarse y cuándo comenzó la inscripción
Según Fernanda Raverta, titular de la ANSES, los interesados en inscribirse en el “nuevo IFE 2023″ deben seguir estos pasos:
- Ingresar al sitio web www.anses.gob.ar .
- Utilizar la aplicación “mi ANSES“.
El horario de atención para realizar la inscripción será de 14 a 22 horas todos los días.
¿Quiénes pueden cobrar el nuevo “IFE 2023”?
Para ser elegible y acceder a este refuerzo, los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener entre 18 y 64 años de edad.
- No tener ninguna prestación o asistencia del Estado ni empleo formal.
- No haber sido beneficiario de otras medidas anunciadas anteriormente.
- Contar con Clave de la Seguridad Social.
- Disponer de una cuenta bancaria propia (en caso de no tener una, se deberá tramitar en el banco).
Quiénes NO podrán acceder a este refuerzo son aquellos que:
- Tienen empleo registrado (relación de dependencia, autónomos, monotributo, monotributo social y empleados domésticos).
- Reciben jubilación o pensión.
- Son beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación Universal por Embarazo (AUE), las Asignaciones familiares o las Becas Progresar.
- Son titulares de planes sociales, como el programa Potenciar Trabajo.
- Reciben la Prestación por Desempleo.
Además, la ANSES llevará a cabo una evaluación socioeconómica y patrimonial que incluirá factores como el consumo, los bienes y la cobertura de salud para determinar la elegibilidad de los solicitantes.
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Servicios
Casi un Millón y Medio de Jubilados Cobrarán de Mínima $160,240 Desde Octubre

Cerca de un millón y medio de jubilados obtendrán un beneficio adicional a partir de octubre debido al aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). En total, percibirán un haber de $160,240 en octubre, que se incrementará a $171,720 en noviembre y seguirá aumentando en diciembre, sumándose al próximo aumento por movilidad que se anunciará este mes.
Este beneficio se aplicará a aproximadamente 1.4 millones de jubilados y pensionados que se retiraron con 30 o más años de aportes efectivos, sin recurrir a moratorias. El adicional de $20,780 proviene de la fórmula de pago para jubilados, que establece que sus ingresos deben alcanzar el 82% del valor del salario mínimo.
Este monto se suma al bono de $37,000 que comenzaron a recibir desde este mes y a la asistencia proporcionada por el PAMI, que asciende a $15,000.
En resumen, un jubilado pasará a cobrar alrededor de $160,240 en octubre. Esto incluye la jubilación mínima de $87,460, más el bono de $37,000, los $15,000 de PAMI y el adicional de $20,780 debido al aumento del salario mínimo.
Haberes en Noviembre:
Para noviembre, el SMVM aumentará a $146,000, y estos jubilados recibirán el 82% de ese valor, es decir, $87,460, además de los $37,000 del bono, $15,000 de PAMI y $32,260 de adicional, alcanzando un total de $171,720.
Diciembre y la Ley de Movilidad Jubilatoria:
En diciembre, el SMVM se incrementará a $156,000. En este mes también se prevé un aumento de las jubilaciones según la Ley de Movilidad Jubilatoria. El monto total que percibirán estos jubilados se determinará en ese momento y dependerá de si se actualizan los bonos actuales que reciben.
La Ley 27,426 de 2017 estableció que los jubilados y pensionados con 30 años o más de servicios con aportes efectivos recibirán un “suplemento dinerario hasta alcanzar un haber previsional equivalente al 82% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil.
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Región
Devolución del IVA: qué hacer si un comercio no acepta tarjeta de débito

Los comerciantes y prestadores de servicios están obligados a ofrecer el pago con tarjeta de débito, especialmente considerando el programa “Compre sin IVA” que reintegra el impuesto en compras de productos básicos realizadas con este medio de pago. Aquí te explicamos qué hacer si un comercio se niega a aceptar tarjetas de débito:
- Denuncia ante la AFIP : Si un comercio rechaza el pago con tarjeta de débito, el cliente puede denunciarlo ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esto se puede hacer escaneando el código QR ubicado en el “Formulario 960 – Datos fiscales” del comercio. Este formulario debe estar visible para el público, generalmente en el área de cobro o en la puerta del local, y contiene la información necesaria para la denuncia.
- Múltiples Formas de Denuncia : Además de escanear el código QR, existen otras formas de denunciar comercios que no aceptan tarjeta de débito. Puedes hacerlo ingresando en la web de la AFIP, utilizando la aplicación “Mi AFIP”, llamando al 0800-999-DENU (3368) o visitando una de las dependencias de AFIP en horario laboral.
Es importante recordar que el uso de la tarjeta de débito debe ser siempre equivalente al efectivo, y los comercios no pueden cobrar recargos por su uso. Denunciar a los comercios que incumplen esta normativa contribuye a garantizar la transparencia en las transacciones y la protección de los derechos de los consumidores.
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